La figura de la patria potestad son los derechos y obligaciones que puede nacer por hechos biológicos o bien por actos jurídicos que existen entre dos personas como por ejemplo: entre el padre y los hijos, nietos, bisnietos, tataranietos; así como entre el hijo y los padres, abuelos, bisabuelos y tatarabuelos.
La patria potestad es el conjunto de derechos y obligaciones que la ley le concede al padre y/o madre del menor o quienes la hayan reconocido, aplicado sobre ellos y sus bienes, siempre y cuando el hijo no se haya emancipado. Esto no es un punto de debate ya que esta carga la ha impuesto directamente estado.
La patria potestad se da en el momento que se establece la filiación, los progenitores tendrán la obligación de estar con ellos, deberán de cuidarlos y protegerlos, alimentarlos, educarlos, procurarles una formación integral, además de poder representarlos legalmente y administrar sus bienes.
SI BIEN ESTÁS BUSCANDO COMO QUITARLE LA PATRIA POTESTAD AL PADRE O MADRE DE TU HIJO TENDRÁ QUE SER POR RESOLUCIÓN JUDICIAL ES DECIR SE TENDRÁ QUE PRESENTAR UNA DEMANDA SOLICITANDO LA PÉRDIDA ENUNCIANDO UNO DE LOS SIGUIENTES SUPUESTOS:
- En casos de violencia familiar contra el menor.
- Por las actitudes perversas, sociopáticas o enfermedad mental grave de quienes ejercen la patria potestad.
- Por poner al menor en peligro de perder la vida.
- Por el incumplimiento de la obligación alimentaria sin causa justificada.
- Por el abandono que el padre o la madre hiciere de los hijos sin causa justificada.
- Cuando el que ejerza la patria potestad hubiera cometido contra la persona o bienes de los hijos un delito doloso, por el cual haya sido condenado.
- Cuando el que la ejerza sea condenado por delitos dolosos.
- Cuando el menor haya sido sustraído o retenido ilícitamente por quien ejerza la patria potestad.
- Por inducir a los hijos al consumo de alcohol, al uso de sustancias ilícitas o al hábito de juego.
- Cuando al que le hubiere sido suspendida la patria potestad reincida en los supuestos de suspensión.
Enumeré todos los supuestos de los códigos civiles y leyes de la familia de las diversas entidades federativas de la República mexicana ya que varían los supuestos por los cuales se pierde la patria potestad por resolución judicial. Se recomienda consultar la legislación aplicable de la entidad correspondiente.
Cómo siempre he dicho y no me cansaré de decirles antes de tomar una decisión donde involucre sus derechos y los de sus hijos tomen una asesoría con su abogado de confianza o acudir a las autoridades competentes para darles más información.
Me despido ya con la tan aclamada frase que digo al final de mis videos “ Y SINO NOS VAMOS A JUICIO.”
Véase también este video relacionado:


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